La custodia de las mascotas tras la ruptura

En los últimos años, las mascotas han pasado de ser consideradas simples “bienes” a ser reconocidas jurídicamente como seres sintientes. Este cambio ha tenido un impacto directo en los procesos de separación y divorcio, donde cada vez es más frecuente que surjan conflictos sobre quién se queda con el animal de compañía.

Desde la reforma introducida por la Ley 17/2021, de 15 de diciembre, el Código Civil regula expresamente el destino de las mascotas en caso de ruptura matrimonial o de pareja. Esto implica que, en los procedimientos de separación o divorcio, el juez ya no puede tratar al animal como un bien más a repartir.

El artículo 90 del Código Civil establece que el convenio regulador debe pronunciarse sobre el destino de los animales de compañía, teniendo en cuenta tanto el interés de los miembros de la familia como el bienestar del propio animal.

Asimismo, el artículo 94 bis del Código Civil contempla la posibilidad de establecer un régimen de custodia compartida o de visitas respecto de las mascotas.

¿Qué criterios se tienen en cuenta para atribuir la custodia?

A diferencia de lo que ocurre con los hijos menores, no hablamos de patria potestad, pero sí de criterios orientados al bienestar del animal y a la realidad familiar.

Entre los factores que suelen valorar los tribunales se encuentran:

  • Quién ha sido el cuidador principal del animal.
  • Quién dispone de más tiempo y mejores condiciones para su cuidado.
  • La existencia de vínculo afectivo con los hijos comunes.
  • Las posibilidades económicas para asumir los gastos veterinarios y de mantenimiento.
  • El bienestar del animal por encima del interés exclusivo de las partes.

El objetivo no es “compensar” a uno u otro cónyuge, sino garantizar que el animal continúe en un entorno adecuado y estable.

¿Es posible la custodia compartida de una mascota?

Cada vez es más habitual que las partes acuerden una custodia compartida, especialmente cuando:

  • Existe una relación cordial entre ambas partes.
  • El animal mantiene un fuerte vínculo con ambos.
  • Se pretende preservar la estabilidad emocional de los hijos menores.

En estos casos, puede establecerse un sistema de alternancia por semanas, quincenas o meses, así como el reparto de los gastos ordinarios y extraordinarios.

No obstante, la custodia compartida no siempre resulta viable. Cuando el nivel de conflicto entre las partes es elevado, el juez puede optar por atribuir la custodia exclusiva a una de ellas y fijar un régimen de visitas para la otra.

¿Qué ocurre si no hay acuerdo?

Si no existe pacto en el convenio regulador, será el juez quien determine el destino del animal dentro del procedimiento de divorcio contencioso.

En estos casos, es importante aportar pruebas que acrediten:

  • Quién figura como titular en el registro o microchip.
  • Facturas veterinarias o gastos de mantenimiento.
  • Testigos que puedan acreditar quién se ocupa habitualmente del animal.
  • La existencia de condiciones adecuadas de vivienda y cuidado.

Aunque la titularidad registral puede ser relevante, no es el único elemento determinante para la decisión judicial.

¿Se pueden reclamar los gastos de la mascota?

Los gastos ordinarios (alimentación, vacunas, revisiones veterinarias) y los gastos extraordinarios (como intervenciones quirúrgicas o tratamientos médicos) pueden repartirse entre ambas partes, de forma similar a otros gastos familiares.

Por ello, resulta recomendable que esta cuestión quede claramente regulada en el convenio regulador, evitando así futuros conflictos.

En Moreno Anguita Abogados entendemos que la custodia de las mascotas no es solo una cuestión jurídica, sino también emocional. Los animales de compañía forman parte de la familia y, como tales, merecen soluciones justas, equilibradas y orientadas a su bienestar.

Si te encuentras en un proceso de separación o divorcio y necesitas asesoramiento sobre la custodia, el régimen de visitas o la distribución de los gastos de tu mascota, nuestro equipo puede ayudarte.

Estudiaremos tu caso de manera personalizada para ofrecerte la mejor solución jurídica, siempre con el objetivo de proteger tus derechos y garantizar el bienestar de quien también forma parte de tu hogar.

Resumen de privacidad
Moreno Anguita Abogados

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.

Cookies estrictamente necesarias

Las cookies estrictamente necesarias tiene que activarse siempre para que podamos guardar tus preferencias de ajustes de cookies.