¿Qué ocurre con las cuentas bancarias cuando fallece uno de los titulares?

El dinero de una cuenta bancaria no pasa automáticamente al otro titular

Cuando fallece un familiar, además del impacto emocional, los herederos deben afrontar numerosos trámites legales y administrativos. Una de las consultas más frecuentes en nuestro despacho es qué ocurre con las cuentas bancarias del fallecido y quién tiene derecho a disponer del dinero que contienen.

Existe la creencia de que, cuando uno de los titulares de una cuenta fallece, el saldo pasa automáticamente a la otra persona que figura como cotitular. Sin embargo, esta idea es incorrecta. El destino de los fondos dependerá del tipo de cuenta y de la situación hereditaria de la persona fallecida.

¿Qué sucede con la cuenta bancaria tras el fallecimiento?

La cuenta bancaria no se cancela automáticamente, pero la entidad financiera adopta medidas para proteger los derechos de los herederos y garantizar el cumplimiento de las obligaciones legales.

El tratamiento de la cuenta dependerá de su modalidad.

Cuentas indistintas o solidarias

Son aquellas en las que cualquiera de los titulares puede operar libremente sin necesidad de autorización del resto.

Cuando fallece uno de los titulares, el banco suele bloquear la parte del saldo que corresponde al fallecido. El cotitular superviviente podrá seguir utilizando la parte que le corresponda, aunque la entidad financiera exigirá la documentación sucesoria y la acreditación del pago de impuestos para liberar la totalidad de los fondos.

Cuentas conjuntas o mancomunadas

En este tipo de cuentas es necesaria la firma de todos los titulares para realizar operaciones.

Por este motivo, cuando uno de ellos fallece, la entidad bancaria suele bloquear la totalidad del saldo hasta que se determine quiénes son los herederos y se regularice la situación sucesoria.

¿A quién pertenece el dinero de la cuenta?

Es importante tener en cuenta que compartir una cuenta bancaria no significa ser propietario de la totalidad del dinero depositado en ella.

La parte del saldo perteneciente al fallecido pasa a formar parte de su herencia y deberá repartirse entre los herederos que correspondan según el testamento o, en su defecto, conforme a las normas de sucesión legal.

Por tanto, el cotitular superviviente no adquiere automáticamente la propiedad del dinero simplemente por figurar en la cuenta.

¿Se puede retirar dinero después del fallecimiento?

Realizar retiradas de fondos tras el fallecimiento sin haber tramitado correctamente la herencia puede generar importantes problemas legales.

Estas actuaciones pueden dar lugar a reclamaciones por parte del resto de herederos e incluso provocar conflictos con la Administración Tributaria si se considera que se ha dispuesto de bienes hereditarios sin la debida justificación.

Por ello, es recomendable actuar siempre con asesoramiento jurídico especializado antes de realizar cualquier movimiento sobre las cuentas del fallecido.

¿Qué documentación necesitan los herederos?

Para acceder a los fondos y desbloquear las cuentas bancarias, los herederos deberán aportar a la entidad financiera la documentación que acredite tanto el fallecimiento como su condición de herederos.

Entre los documentos más habituales se encuentran:

  • Certificado de Defunción.
  • Certificado de Últimas Voluntades.
  • Copia autorizada del testamento.
  • Declaración de Herederos, cuando no exista testamento.
  • Justificante de la liquidación o presentación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

Las entidades bancarias están obligadas a comprobar que se han cumplido las obligaciones fiscales antes de permitir la disposición de los fondos hereditarios.

La importancia de contar con asesoramiento especializado

La gestión de una herencia puede resultar especialmente compleja cuando existen cuentas bancarias con varios titulares, discrepancias entre herederos o dudas sobre la titularidad real de los fondos.

En Moreno Anguita Abogados contamos con amplia experiencia en Derecho de Sucesiones, asesorando a nuestros clientes en la tramitación de herencias, adjudicación de bienes, gestión de cuentas bancarias hereditarias y resolución de conflictos entre herederos.

Un asesoramiento adecuado desde el inicio permite evitar problemas futuros y agilizar todo el proceso sucesorio.

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