El sistema legal que regula la entrada de vehículos más contaminantes en Madrid ha quedado en suspenso tras una reciente decisión del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM). El tribunal ha anulado las tres zonas de bajas emisiones (ZBE) que habían estado operando durante años y que, a partir del 31 de diciembre, iban a prohibir totalmente el acceso a turismos sin etiqueta ambiental. El fallo señala que el Ayuntamiento de Madrid no presentó los informes necesarios para justificar la creación de estas ZBE, que incluyen todo el municipio de Madrid, Plaza Elíptica y el Distrito Centro (anteriormente conocido como Madrid Central). Cabe destacar que esta última fue la primera en implementarse, en 2019.
No obstante, la sentencia solo tendrá efecto si el Ayuntamiento no presenta un recurso ante el Tribunal Supremo dentro del plazo establecido. Mientras tanto, las restricciones siguen vigentes, incluidas las que prohíben la circulación de vehículos sin etiqueta a partir del 1 de enero.
El TSJM ha dejado abierta la posibilidad de que el Ayuntamiento restablezca las restricciones, ya que no ha anulado completamente la normativa. Sin embargo, los jueces han solicitado que se realice una evaluación más exhaustiva de los beneficios y costos, así como de alternativas menos restrictivas que no resulten discriminatorias para los colectivos más vulnerables económicamente.
El tribunal también destacó la insuficiencia del informe económico que acompañaba la ordenanza, al no evaluar adecuadamente el impacto en las personas con rentas más bajas, que podrían tener dificultades para adquirir vehículos menos contaminantes, así como en autónomos y pequeñas empresas. Las asociaciones de transporte consideran que la falta de alternativas viables incumple la Ley de Cambio Climático.
«Es momento de escuchar al transporte profesional y exigir responsabilidades políticas y diálogo», se lee en un comunicado emitido tras el fallo. La sentencia, que el Ayuntamiento ya ha anunciado que recurrirá, subraya la ausencia de medidas alternativas y el incumplimiento del principio de transición justa. Además, según el magistrado, la justificación del impacto económico de la medida no fue suficiente. Las asociaciones de transportistas también han señalado que no se ha valorado el efecto económico sobre los sectores y colectivos afectados, especialmente en lo que respecta a la distribución de mercancías en las ZBE.
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