¿Puede la Policía registrar tu vehículo? La respuesta es NO, en algunos casos.

¿Puede la Policía registrar tu vehículo? La respuesta es NO, en algunos casos.

La Policía no puede registrar tu vehículo sin una orden judicial. Esto incluye las caravanas y vehículos camperizados, considerados domicilios bajo la protección del artículo 18.2 de la Constitución Española. Los vehículos con códigos terminados en 48 también están protegidos. Las excepciones son casos de consentimiento del propietario o presencia de una orden judicial.

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